DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

improcedentes

Previo al análisis de las disposiciones adecuadas con relación a la                DCP 0232/2015, se recuerda al consultante que las mismas ya fueron sujetas a control de constitucionalidad y el apartado 7° de la parte resolutiva exhorta a la adecuación de las disposiciones observadas en la referida Declaración Constitucional Plurinacional, sin modificar el resto del proyecto. En ese sentido se ordena restituir el orden de numeración la declaración primigenia, es decir no alterar el contenido del parágrafo II, pues al asignarle numeración al párrafo final del parágrafo I, se cambia sustancialmente el contenido del parágrafo II, generando imprecisión y ambigüedad al tratarse de contenidos distintos entre el proyecto original y el proyecto adecuado. Igual previsión debe ser considerada con relación al contenido del numeral 1 y 2, siendo improcedentes las modificaciones realizadas debiendo el consultante restituir el texto originalmente presentado para control de constitucionalidad.