DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 163. Vialidad y Caminos

I. El Gobierno Autónomo Municipal de Chimoré, progresivamente y, cuando corresponda, en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos, garantizará el acceso vial y caminero a todos los centros poblados y comunidades del municipio, de áreas urbanas y rurales, mediante la construcción y mantenimiento periódico de caminos vecinales. De igual manera se hará con las avenidas y carreteras interregionales, interdepartamentales e internacionales, mediante la gestión ante las instancias correspondientes de los otros niveles de gobierno.