DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 17. (Régimen de pueblos indígenas  originarios campesinos y otros minoritarios)

El Gobierno Autónomo Municipal de Chimoré, mediante la ley, reglamentaciones y la gestión municipal, establecerá el régimen de minorías y garantizará la implementación y cumplimiento de todos los derechos y obligaciones de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos y minoritarios, establecidos por la Constitución Política del Estado y la ley. En caso de existencia de naciones o pueblos minoritarios de cultura particularmente propia, no pertenecientes a las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos; se reconocerán y respetarán sus costumbres, creencias y cultura; siempre y cuando no contradigan lo establecido en la Constitución, la presenta Carta Orgánica, la ley y demás normativa legal aplicada en el municipio”.