DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

territorial

III. En el marco del derecho a la inclusión territorial, las servidoras y servidores públicos, autoridades, instituciones y organizaciones sociales del municipio, prestarán atención preferente a las ciudadanas y ciudadanos de sectores alejados y con dificultad para el acceso al servicio de transporte para retornar a sus lugares de origen, de manera obligatoria; debiéndose reglamentar las sanciones ante el incumplimiento. En caso de que se tengan personas de sectores alejados mencionados, en espera de atención, se les terminará de atender en el día y horario oportuno, salvo casos excepcionales definidos por el reglamento correspondiente. Gozarán también de atención preferencial las mujeres en estado de gestación, personas con discapacidad, personas adultas mayores, personas con niños en brazos y personas delicadas de salud.