DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

II.

II. Toda obra de infraestructura contará al menos con un año de garantía, y según la naturaleza de la obra, podrá contar con más años de garantía, los cuales estarán establecidos en el contrato respectivo, salvo desgaste natural y casos fortuitos, sin que ello implique depósitos financieros previos por parte de las personas o empresas adjudicadas” (las negrillas son indicativas).