DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 194. Energía y generación de energías alternativas

I. El Gobierno Autónomo Municipal promoverá y gestionara la industrialización, distribución y comercialización de hidrocarburos, en el marco de la Constitución Política del Estado y la ley, en coordinación con los consumidores, usuarios, sus organizaciones e instituciones y la instancia de participación y control social municipal.