DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 96. Proceso de contratación y licitación

III. Con propósito de garantizar la transparencia en el proceso de calificación y adjudicación de proyectos, el Gobierno Autónomo Municipal garantizará la apertura al Control Social Permanente para su participación como veedor, en la Comisión de Calificación de proyectos y publicará por los medios más accesibles a la ciudadanía, al menos toda convocatoria, cotización de bienes u oferta de servicios y toda resolución de adjudicación de todo proceso de contratación de bienes y servicios, remitiendo una copia al menos a la máxima instancia de la sociedad civil organizada y Control Social Permanente del municipio, así como a la instancia de transparencia y lucha contra la corrupción. En caso de obras, también debe remitirse copia al representante de la sociedad civil organizada del sector beneficiario de la obra, para su conocimiento y seguimiento a los procesos de contratación y licitación municipal”.