DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

El mismo contará con un Consejo Directivo participativo en el cual podrán también participar con derecho a voz los representantes del Gobierno Autónomo Regional o Mancomunidad, Gobierno Autónomo Departamental y del Gobierno del Estado  Plurinacional, conforme al artículo 317 de la Constitución Política del Estado de 2009.

En caso de contar  con capacidad institucional y financiera, el Gobierno Autónomo Municipal de Chimoré constituirá el Instituto Municipal de Planificación Participativa como entidad descentralizada responsable  de la planificación en el municipio. El mismo contará con un Consejo Directivo participativo en el cual podrán también participar con derecho a voz los representantes del Gobierno Autónomo Regional o Mancomunidad, Gobierno Autónomo Departamental y del Gobierno del Estado  Plurinacional, conforme al artículo 317 de la Constitución Política del Estado de 2009. En tanto el municipio no cuente con un Instituto Municipal de Planificación, el Gobierno Autónomo Municipal, conforme a su capacidad institucional y financiera, establecerá sus reparticiones o responsables de la planificación municipal, pudiendo inicialmente juntar las tareas de estadística, diagnóstico planificación  y evaluación  en una sola entidad descentralizada” (las negrillas son añadidas).