DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0157/2016

Fecha: 01-Dic-2016

Artículo 46. Atribuciones y deberes del órgano ejecutivo

15.  Presentar informes periódicos ante el Concejo Municipal y a los sujetos de participación y control social, de la ejecución de los diferentes planes, programas y proyectos, así como responder a los pedidos de informes escritos u orales que, en cumplimiento a las tareas de fiscalización, requieran las concejalas y los concejales;

21.  Informar al Concejo Municipal y poner a disposición del público y sociedad civil, por lo menos dos veces al año a través de eventos de rendición pública y por los medios de comunicación oral y escrito, los avances del Programa Operativo Anual y la ejecución presupuestaria; y de forma anual sobre la ejecución del Plan de Desarrollo Integral Municipal. Para tener los pronunciamientos de la sociedad civil hará llegar dicho informe con una anticipación de 15 días antes de los eventos de rendición pública;