DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 18

El art. 18 en revisión, respecto de los requisitos para ser electo concejala o concejal es incompatible con la Constitución Política del Estado en su totalidad, toda vez que, cambia uno de los requisitos establecidos en el art. 234 de la CPE, que señala: “Para acceder al desempeño de funciones públicas se requiere: 1. Contar con la nacionalidad boliviana. 2. Ser mayor de edad. 3. Haber cumplido con los deberes militares. 4. No tener pliego de cargo ejecutoriado, ni sentencia condenatoria ejecutoriada en materia penal, pendientes de cumplimiento. 5. No estar comprendida ni comprendido en los casos de prohibición y de incompatibilidad establecidos en la Constitución. 6. Estar inscrita o inscrito en el padrón electoral. 7. Hablar al menos dos idiomas oficiales del país” (las negrillas son agregadas); por ello la redacción del numeral 7 del artículo sujeto a análisis deberá circunscribirse a lo dispuesto por la Norma Suprema.