DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 25.II

El art. 25.II que se refiere a la restitución o destitución de autoridades electas señala que: “La sentencia dispondrá su restitución inmediata al cargo sin perjuicio de los recursos legales que la Constitución Política del Estado y las leyes franquean a las partes y al Ministerio Público”. Contenido que es incompatible en su integridad con la Ley Fundamental, porque dispone para otros órganos tal cual es el órgano judicial al indicar el contenido de una sentencia que es producto de un proceso judicial, atribución que sólo tiene el nivel central de gobierno conforme el art. 298.I.21 de la CPE, de igual manera el texto vulnera el principio de seguridad jurídica al sobrepasar sus competencias contenidas en el art. 178 de la CPE (las negrillas nos pertenecen).