DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 22.III

Con relación al art. 22.III referido a la revocatoria de mandato en el parágrafo objeto de análisis contiene la frase “el Concejo Municipal designará a su suplente entre uno de sus miembros, para concluir el periodo de mandato”, la cual es incompatible con la Ley Fundamental porque realiza una mezcla de la forma cómo opera la revocatoria de mandato, pues: 1) Para el caso de los concejales debe tomarse como parámetro el art. 240.V de la CPE; y, 2) Para el caso del Alcalde, el art. 286.I de la CPE; debiendo reformular el texto objeto de análisis, toda vez que, al mezclar la revocatoria de mandato de concejales y alcalde, vulnera el principio de la seguridad jurídica contenido en el art. 178 de la CPE.