DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014

Fecha: 19-Dic-2014

“Preámbulo

Mediante ley Nº 4127 del 4 de diciembre de 2009 sancionado por el Honorable Congreso Nacional y promulgado por el Presidente del Estado Plurinacional de Bolivia Sr. Evo Morales Ayma, fue creado el Municipio de Villa Charcas constituyéndose en la Cuarta Sección Municipal de la Provincia Nor Cinti del Departamento de Chuquisaca.

Su historia geopolítica da cuenta que anteriormente fue parte del Municipio de Incahuasi y que por decisión de sus bases y autoridades comunales y sindicales, tomaron la determinación de constituirse en un nuevo municipio con el objeto de alcanzar escenarios de desarrollo socioeconómico sostenibles priorizando al ser humano hombre y mujer como la base y el pilar fundamental del desarrollo. Esto ha obligado a hacer gestiones a nivel departamental y nacional, logrando alcanzar este su noble propósito luego de una fatídica conquista social que ha demandado más de 4 años.

En el marco del ejercicio y perfeccionamiento de su autonomía el Municipio Autónomo de Villa Charcas, a iniciativa y compromiso político de sus autoridades legislativa y ejecutiva impulsaron la formulación de la presente Carta Orgánica Municipal que se constituye, como indica el Artículo N° 60 la Ley Marco de Autonomías y Descentralización, en “…la norma institucional básica de las entidades territoriales autónomas, es de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, reconocida y ampara por la Constitución Política del Estado como parte integrante del ordenamiento jurídico...” y como lo señala la Constitución Política del Estado, Articulo N° 275 “….entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción”.

La Carta Orgánica Municipal de Villa Charcas es resultado del proceso participativo de las y los ciudadanos del municipio, quienes a través de las y los asambleístas elegidos según procedimientos propios por sus organizaciones sociales y funcionales, plasmaron sus opiniones, sugerencias, sentimientos y posición crítica constructiva respecto a la identidad cultural y unidad del municipio, respecto y subordinación a la Constitución Política del Estado, elección de sus autoridades, la administración de sus recursos económicos, el ejercicio de sus facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva y la participación social bajo la visión de desarrollo del municipio definido como “Municipio Autónomo, productivo, con servicios de salud, educación y deporte de acuerdo al avance tecnológico, con igualdad social y equidad de género”.

Su identidad cultural, expresada claramente en la Carta Orgánica Municipal da cuenta de ser quechuas y pese a las embestidas de los españoles durante la colonia, sus manifestaciones, sus vestimentas, su idioma y el respeto a la Pachamama, no han sido vulnerados, de ahí que las mujeres visten polleras y los hombres ponchos y sombreros, el ajaycito y las marcadas son su danzas típicas, el asado de chancho, lagua de choclo y el mondongo de cordero son sus platos típicos.

El territorio de Villa Charcas es reconocido por su potencial agropecuario, es proveedora de alimentos entre tubérculos, granos y otros. Las características de sus recursos naturales principalmente suelo y agua son excepcionales, aspecto que es enormemente favorable para sus expectativas de desarrollo autónomo. En toda su extensión es posible encontrar una amplia variación de micro climas, que van desde las alturas hasta los valles, de ahí que la diversidad productiva es una cualidad de este municipio.

Fruto de este nuevo desafío autonómico de desarrollo es que los principios reguladores de convivencia, de respeto a la dignidad de las personas sin ningún tipo de distinción, de complementariedad, de reciprocidad, de participación y control social, de transparencia en la administración pública establecidos en la Carta Orgánica Municipal son los que regularán el ejercicio de las competencias municipales para su desarrollo integral mejorando la calidad de vida, respetando la madre tierra y el medio ambiente y protegiendo su patrimonio histórico cultural.