DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 56.II.a.

En el art. 56.II.a. versa sobre el objeto del Decreto Municipal señala: “Reglamentar las leyes municipales que fueran delegadas por el Concejo Municipal”, se advierte que esta frase es incompatible toda vez que, expresamente el art. 12.III de la CPE, señala que: “Las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí”. Reafirmando el postulado constitucional, específicamente en referencia a la forma de gobierno de las entidades territoriales autónomas, el art. 12.III de la LMAD, dice que: “Las funciones de los órganos públicos no pueden ser reunidas en un solo órgano ni son delegables entre sí” (las negrillas son nuestras).