DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014

Fecha: 19-Dic-2014

numeral 23

El numeral 23 del art.134 referido al régimen de salud dice: “Monitorear, supervisar y evaluar el desempeño del personal médico y administrativo en coordinación y concurrencia con la instancia departamental de salud y de las organizaciones sociales” en su frase “médico y” es incompatible, toda vez que dentro de las competencias municipales en salud establecidas por imperio del art.271 de la CPE que remite al art. 81.III.2 de la LMAD, no establece la posibilidad de poder realizar monitoreo, supervisión y evaluación del desempeño del personal médico; siendo una competencia concurrente sólo la gestión en salud de acuerdo al art. 299.II.2 de la CPE y no así otros aspectos que no han sido asignado competencialmente al municipio.