DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 81

El art. 81 referido a las competencias exclusivas en su parágrafo II señala que: “El Concejo Municipal y el Órgano Ejecutivo garantizan el ejercicio de sus facultades legislativa, deliberativa, reglamentaria, normativa y ejecutiva para las competencias exclusivas determinadas en la Constitución Política del Estado”, del cual se puede advertir que la palabra “normativa” conforme a los art. 272 y 283 CPE, no es facultad, motivo por el cual se declara la incompatibilidad de la mencionada palabra debiendo circunscribirse el estatuyente a lo establecido por la Norma Suprema.