DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 89

El art. 89 respecto de competencias no previstas señala: “Las competencias que no estén previstas en la presente Carta Orgánica Municipal se regularán en su adopción por ley municipal especial, conforme de la Constitución Política del Estado Plurinacional”, texto del cual se debe nuevamente aclarar que, la carta orgánica sólo desarrolla las materias competenciales asignadas por la Constitución Política del Estado; en ese sentido, el art. 297.II de la Norma Suprema expresa: “Toda competencia que no esté incluida en esta Constitución será atribuida al nivel central del Estado, que podrá transferirla o delegarla por Ley”; por lo tanto, no podría regularse a través de la norma institucional básica, sobre aspectos que no son de su competencia, por lo que el contenido íntegro del artículo objeto de análisis es incompatible.