DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0089/2014

Fecha: 19-Dic-2014

art. 52

El art. 52 que versa sobre los responsables sobre el control de recursos fiscales en su parágrafo II, indica: “Sin perjuicio de establecer las unidades de transparencia y control interno de auditoría de acuerdo a la capacidad económica e institucional del municipio, se puede crear el contralor municipal que aglutine a estas dos instancias como una unidad descentralizada, regulado por normativa específica” numeral que es incompatible en su totalidad, porque da a entender una duplicidad de funciones realizadas por la Contraloría General del Estado establecidas en el art. 213 y ss. de la CPE, con las del contralor municipal, llegando a ser esta figura el superior jerárquico de dos instancias municipales que por su naturaleza en especial auditoria interna gozan de independencia, para realizar sus funciones; respecto a transparencia esta instancia por su propia naturaleza tampoco puede estar aglutinada en una unidad conjuntamente auditoria interna, lo que vulnera el principio de seguridad jurídica establecido en el art. 178 de la CPE.