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    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018

    Fecha: 13-Mar-2018

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    • I.1. Contenido de la consulta
    • I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • 1
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1.  Del control previo de constitucionalidad
    • y tiene preeminencia con relación a las demás legislaciones
    • Control previo de constitucionalidad
    • declara la compatibilidad con la Constitución Política del Estado del    art. 2 del presente Proyecto.
    • de poder
    • Artículo 4. (De la autonomía municipal)
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del art. 4 del proyecto de norma institucional básica
    • En el caso del epígrafe
    • Sobre el parágrafo III
    • Respecto del parágrafo IV
    • gobiernos autónomos deben utilizar
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del epígrafe del art. 10 del proyecto de Carta Orgánica Municipal de Guayaramerín
    • étnica y
    • Artículo 11. (Derechos políticos)
    • En relación al parágrafo I
    • Sobre el parágrafo II
    • Artículo 12. (Deberes)
    • y fundamental
    • Artículo 13. (Ordenamiento Jurídico)
    • Con referencia al segundo punto
    • declara la compatibilidad de los incs. 1) y 7) del art. 13
    • así como para los órganos públicos
    • En el caso del parágrafo I
    • a)
    • i)
    • Con relación al ordenamiento jurídico nacional, deberá analizarse cada caso según corresponda a la naturaleza y jerarquía de la norma
    • Artículo 17. (Distritos municipales)
    • Artículo 17. (Distritación municipal)
    • Con relación al parágrafo I
    • Respecto al parágrafo III
    • Con relación al parágrafo III
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del epígrafe del Título Cuarto del proyecto de norma institucional básica
    • Una Ley municipal regulará las condiciones para el ejercicio de este derecho
    • procedimiento y alcance de este mecanismo deberán ser normadas mediante Ley Municipal
    • Artículo 24. (Consultas Públicas)
    • el texto del parágrafo I
    • Respecto del parágrafo III
    • Artículo 25. (Referendos Municipales)
    • de
    • Artículo 26. (Audiencias Públicas)
    • Artículo 28. (Órganos del Gobierno Municipal)
    • Artículo 29. (Facultades deliberativa, legislativa, fiscalizadora y ejecutiva)
    • Artículo 29. (Facultades de los órganos de gobierno)
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del epígrafe y el parágrafo V del art. 29 del presente Proyecto
    • DISPOSICIONES SUPRIMIDAS
    • tener dieciocho años cumplidos al día de la elección
    • sanción penal
    • y sanciones penales
    • y sanción penal
    • En el caso del numeral 5
    • Respecto al numeral 7
    • Con relación al numeral 8
    • o no; su aceptación supone renuncia tácita al cargo electivo
    • Artículo 35. (Incompatibilidades)
    • atribuciones
    • y aprobar
    • El párrafo introductorio
    • Respecto del numeral 10
    • En el contenido del numeral 11
    • Con relación al texto del numeral 21
    • En el caso del numeral 25,
    • el numeral 28
    • a través del Alcalde o Alcaldesa Municipal
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del párrafo introductorio y la
    • concurrentes
    • de pleno derecho
    • Fragmento 71
    • Con respecto al parágrafo V
    • exclusivas
    • incompatibilidad con la Norma Suprema del parágrafo I del art. 41
    • representante legal del Órgano Ejecutivo Municipal
    • Artículo 43. (Estructura del Órgano Ejecutivo)
    • Artículo 45. (Atribuciones de la Alcaldesa o Alcalde Municipal)
    • En el caso del numeral 20
    • Con relación al numeral 24
    • Sobre el numeral 27
    • Respecto al numeral 36
    • En cuanto al numeral 38
    • En el caso del numeral 39
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado de los numerales 20, 24, 27, 36, 38 y 39 del art. 45.
    • Artículo 46. (Facultades de la Alcaldesa o Acalde Municipal)
    • para la gestión del territorio,
    • Artículo 47. (Sub Alcaldías Municipales)
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del art. 47 del proyecto de norma institucional básica.
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del parágrafo I del art. 53 del proyecto de Carta Orgánica Municipal
    • Artículo 54. (Ausencia, renuncia, reemplazo, destitución del [la] Alcalde [sa])
    • Con relación al parágrafo II
    • Sobre el parágrafo IV
    • El parágrafo V
    • Artículo 55.- (Servidoras y servidores públicos)
    • sobre las competencias concurrentes señaladas en el parágrafo II del Artículo 299
    • DISPOSICIÓN SUPRIMIDA
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del ahora art. 60 del proyecto adecuado de Carta Orgánica Municipal de Guayaramerín.
    • Artículo 62. (Proceso de Transferencia o Delegación de Competencias)
    • Artículo 61. (Proceso de Transferencia o Delegación de Competencias)
    • no hace referencia al hecho de que, “la delegación de competencias será ratificada mediante convenio”
    • y Control Social establecido en la presente Carta Orgánica
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del ahora art. 62 del presente Proyecto
    • personas con capacidades diferentes
    • Artículo 64. (Desarrollo humano)
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado de los parágrafos I y II del ahora art. 64 del proyecto de Carta Orgánica Municipal.
    • personas con capacidades
    • Artículo 71. (Personas con discapacidad)
    • personas con discapacidad
    • Respecto a los numerales 1, 2 y 9
    • Con relación a los numerales 4 y 5
    • Municipio
    • Con relación al numeral 6
    • Respecto al numeral 8
    • En cuanto a los numerales 9 y 11
    • reconoce
    • Artículo 75. (Cultura e interculturalidad)
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del numeral 4 del actual art. 77 del proyecto de Carta Orgánica Municipal.
    • Artículo 81. (Participación en Asociaciones de Entidades Territoriales Autónomas)
    • incompatible
    • Municipio de
    • Artículo 81. (De la Ubicación e historia fronteriza del Municipio)
    • Artículo 84.- (Planificación y ordenamiento territorial)
    • Artículo 86.- (Plan de ordenamiento territorial)
    • Fragmento 124
    • Artículo 86.- (Plan de uso del suelo)
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del parágrafo I del ahora art. 86 del proyecto de norma institucional básica.
    • por población netamente nacional
    • El Municipio
    • Artículo 91.- (Gestión Integral de Riesgos y Prevención de Desastres Naturales)
    • compatibilidad con la Norma Suprema del parágrafo I del ahora art. 91 del proyecto de Carta Orgánica Municipal.
    • y en el ámbito urbano del área rural
    • Artículo 92.- (Catastro urbano)
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del parágrafo I del ahora art. 92 del proyecto de Carta Orgánica Municipal.
    • manejo integral de cuencas
    • En relación al numeral 1
    • Respecto al numeral 4 (ahora numeral 3)
    • y bienes de dominio municipal
    • Artículo 94.- (Alumbrado público)
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del parágrafo I del ahora art. 94 del proyecto de Carta Orgánica Municipal.
    • Considerando acciones de control social orientadas a garantizar la prestación de servicios de transporte de acuerdo a los mandatos normativos.
    • se declara la compatibilidad con la Norma Suprema del parágrafo I del ahora art. 95 del proyecto de Carta Orgánica Municipal.
    • Respecto al parágrafo II
    • en coordinación con las instancias gubernamentales pertinentes y la Policía Boliviana Nacional
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del parágrafo III del ahora art. 97 del proyecto de Carta Orgánica Municipal.
    • Respecto al parágrafo IV,
    • y garantizará el ejercicio pleno de los derechos económicos de la población.
    • y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora y ejecutiva, por sus órganos del gobierno autónomo en el ámbito de su jurisdicción y competencias y atribuciones
    • Artículo 110. (Recursos específicos municipales)
    • Transferencias entre Entidades Territoriales Autónomas, como consecuencia de acuerdos o convenios Intergubernativos suscritos
    • entre
    • Respecto del art. 118 (ahora art. 117)
    • Los arts. 119 y 120
    • de corresponsabilidad con las y los usuarios
    • tributaria
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del ahora art. 121 del proyecto de Carta Orgánica Municipal.
    • hecho generador
    • Artículo 123. (Órgano competente)
    • nacional
    • Artículo 126. (Exenciones impositivas)
    • como parte de la legislación básica, regular la creación y/o modificación de impuestos atribuidos a los gobiernos territoriales autónomos
    • En relación al parágrafo IV,
    • Sobre el parágrafo VI
    • Artículo 132. (Participación ciudadana y control social)
    • siempre y cuando éstas no puedan ser prestadas mediante administración privada”
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del parágrafo I del ahora art. 131 del proyecto de norma institucional básica.
    • firmas de al menos el treinta por ciento (30%) de los ciudadanos y ciudadanas
    • compatibilidad con la Constitución Política del Estado del numeral 2 del parágrafo I del ahora art. 133 del proyecto de Carta Orgánica Municipal.
    • entrará en vigencia como norma institucional básica de la entidad territorial mediante referendo aprobatorio en su jurisdicción
    • 5

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