DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018

Fecha: 13-Mar-2018

Artículo 12. (Deberes)

Con referencia al numeral 9 del art. 12 del presente Proyecto, la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia expresó que la misma era incompatible debido a que dicho deber se encuentra consagrado como un derecho en el art. 242 de la CPE. No obstante lo observado, en esta adecuación el estatuyente procedió a suprimir dicho numeral; por lo que, no es posible aplicar el art. 116 del CPCo, mismo que prevé: “El control previo de constitucionalidad de Estatutos o Cartas Orgánicas tiene por objeto confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional”; en consecuencia, este Tribunal se ve imposibilitado de realizar la contrastación con la Constitución Política del Estado.