DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018

Fecha: 13-Mar-2018

Los arts. 119 y 120

Los arts. 119 y 120 del proyecto de norma institucional básica, fueron declarados incompatibles con el mismo argumento expresado para el    art. 118; es decir, que conforme al art. 339.II de la CPE, el nivel central del Estado emitirá la ley que regulará la calificación, inventario, administración y disposición sobre los bienes de patrimonio del Estado, por lo que no corresponde al nivel municipal realizar una calificación de bienes, y la normativa municipal a emitirse debe circunscribirse a la ley nacional referida.

No obstante lo observado, en esta adecuación el estatuyente procedió a suprimir dichos artículos, por lo que, no es posible aplicar el art. 116 del CPCo, mismo que prevé: “El control previo de constitucionalidad de Estatutos o Cartas Orgánicas tiene por objeto confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional”; en ese sentido, este Tribunal se ve imposibilitado de realizar la contrastación con la Constitución Política del Estado.