DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018

Fecha: 13-Mar-2018

Artículo 25. (Referendos Municipales)

La DCP 0171/2015, en su análisis de constitucionalidad al contenido del art. 25.II del proyecto de Carta Orgánica Municipal declaró su incompatibilidad, en razón de que ésta solo puede disponer sobre las competencias otorgadas y no arrogarse su regulación sobre competencias no asignadas, tal cual ocurrió al pretender incorporar tipologías de referendo; sin embargo en esta adecuación el estatuyente procedió a suprimir dicho parágrafo, por lo que, no es posible aplicar el art. 116 del CPCo, mismo que prevé: “El control previo de constitucionalidad de Estatutos o Cartas Orgánicas tiene por objeto confrontar el contenido de dichos instrumentos normativos con la Constitución Política del Estado y garantizar la supremacía constitucional”; en consecuencia, este Tribunal se ve imposibilitado de realizar la contrastación con la Constitución Política del Estado.