DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018

Fecha: 13-Mar-2018

compatibilidad con la Constitución Política del Estado del art. 47 del proyecto de norma institucional básica.

Conforme a la observación realizada al art. 47 del proyecto de Carta Orgánica Municipal de Guayaramerín, la DCP 0171/2015 advirtió la incompatibilidad, debido a que el concepto de sub-alcaldía no puede referirse a unidades para la gestión del territorio, siendo que son instancias administrativas; y bajo ese marco, el estatuyente procedió a adecuar el contenido del artículo, advirtiendo que ahora la citada disposición define de manera acertada a los distritos municipales como instancias desconcentradas en plena concordancia con el art. 27.I de la LMAD, que por mandato constitucional del art. 271 de la CPE, regula sobre el régimen autonómico y las bases de la organización territorial del Estado, en ese sentido la presente disposición ya no refiere que las sub-alcaldías sean instancias para la gestión del territorio; por lo que, al no advertirse vulneración a la Norma Suprema, se declara la compatibilidad con la Constitución Política del Estado del art. 47 del proyecto de norma institucional básica.