DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0004/2018

Fecha: 13-Mar-2018

Respecto al numeral 7

Respecto al numeral 7, la Declaración Constitucional Plurinacional primigenia dispuso que la frase “a pena privativa de libertad” es incompatible con la Norma Suprema ya que lo correcto es referirse a sentencias condenatorias ejecutoriadas en casusas penales, como causal de cesación o perdida de mandato  conforme lo expresado por el art. 157 de la CPE; bajo esa premisa el estatuyente modificó dicho texto por el siguiente: “Sentencia condenatoria ejecutoriada en causas penales”,  modificación que guarda concordancia con el art. 157 de la CPE que regula sobre la pérdida de mandato de los miembros de la Asamblea Legislativa Plurinacional, y que se constituye en un referente constitucional a ser aplicado para las causales de cesación o perdida de mandato de las autoridades electas de los gobiernos sub-nacionales. En consecuencia el nuevo texto modificado por el estatuyente no conlleva vicios de incompatibilidad.