DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2014

Fecha: 13-Oct-2014

“Artículo 31. (COMPETENCIAS DEL PLENO)

19.   Revisar, aprobar o rechazar el informe de ejecución del Programa de Operaciones Anual, los estados financieros, ejecución presupuestaria y la memoria correspondiente a cada gestión anual, presentados por el Órgano Ejecutivo Municipal, dentro de los dos (2) primeros meses de la siguiente gestión.

25.   Solicitar informe, a iniciativa de cualquier concejal apoyado por otro de sus pares a los oficiales mayores y servidores públicos, y  podrá emitir voto de censura por dos tercios (2/3) del total de los miembros del Concejo Municipal, conforme a la Ley Municipal de Fiscalización. La censura implica la destitución del Oficial Mayor o del servidor público.

19.     Revisar, aprobar o rechazar el informe de ejecución del Programa de Operaciones Anual, los estados financieros, ejecución presupuestaria y la memoria correspondiente a cada gestión anual, presentados por el Órgano Ejecutivo Municipal, dentro de los dos (2) primeros meses de la siguiente gestión.

25.     Solicitar informe, a iniciativa de cualquier concejal apoyado por otro de sus pares a los oficiales mayores y servidores públicos, y  podrá emitir voto de censura por dos tercios (2/3) del total de los miembros del Concejo Municipal, conforme a la Ley Municipal de Fiscalización. La censura implica la destitución del Oficial Mayor o del servidor público.