DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2014

Fecha: 13-Oct-2014

II.4.2 Existencia

En términos concretos, en el caso del municipio de Arbieto, desde        los tiwanakotas hasta los inkas, era habitada por los aymaras y los quechuas, con sus propios sistemas políticos y sociales. Sin embargo, más allá de la colonización, los patrones y las haciendas, sobrevivieron algunas comunidades IOC dentro de este municipio. Así se constató en los testimonios anteriores, en palabras propias de los comunarios, vecinos, dirigentes y autoridades municipales e indígenas. Evidentemente, en cuanto a la organización sindical o campesino, éste habría sucumbido en los últimos tiempos, por la diversidad de organizaciones que en el mismo municipio existen como son las asociaciones de productores de maíz, durazno, quinua, lecheras, etcétera y por la misma cercanía a Cochabamba. Pero como se verá más adelante, se está reorganizando desde la comunidad, hasta llegar a fortalecer a la Central Regional Única de Trabajadores Campesinos de Arbieto.

  En suma, como organización de PIOC, representativa del municipio, existe la Central Regional Única de Trabajadores Campesinos de Arbieto, en los términos que ya mencionamos. Por tanto, estas autoridades indígenas, comunarios y vecinos, de algunos centros más poblados, sostienen que ellos tienen cosmovisión, identidad, lengua, cultura y otros elementos que le son propios, como parte de los PIOC. Es decir, el sindicato, a falta de otra organización como son los originarios de las tierras altas e intermedias o los pueblos de las tierras bajas, es sinónimo de pertenencia cultural a una determinada nación ancestral precolonial y éstas son el quechua y aymara.