DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2014

Fecha: 13-Oct-2014

Fragmento 41

                           Efectivamente, el art. 410 de la CPE, establece que: “…La aplicación de las normas jurídicas se regirá por la siguiente jerarquía, de acuerdo a las competencias de las entidades territoriales…”, es decir la colisión de dos disposiciones debe aplicarse conforme a la competencia que tiene la ETA, en relación a la norma institucional base en revisión debe regirse conforme a las competencias exclusivas del art. 302 de la CPE.