DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0075/2014

Fecha: 13-Oct-2014

numeral 15

Respecto al numeral 15 del art. 31 de norma institucional base en revisión, debe entenderse de conformidad al art. 302.I.10 de la CPE, que señala: “Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción (…) Catastro urbano en el ámbito de su jurisdicción en conformidad a los preceptos y parámetros técnicos establecidos para los Gobiernos Municipales”; por lo que es contrario a la Constitución Política del Estado la frase “rural”, al ser competencia exclusiva del nivel central del Estado, conforme el art. 298.II.22 que señala: “Son competencias exclusivas del nivel central del Estado. Control de la administración agraria y catastro rural”.