DECLARACIONES DEL COIMPUTADO EN UNA AVERIGUACIÓN PREVIA. NO PUEDEN FORMAR PARTE DEL ACERVO PROBATORIO DE UN JUICIO QUE VERSA SOBRE HECHOS RELACIONADOS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DECLARACIONES DEL COIMPUTADO EN UNA AVERIGUACIÓN PREVIA. NO PUEDEN FORMAR PARTE DEL ACERVO PROBATORIO DE UN JUICIO QUE VERSA SOBRE HECHOS RELACIONADOS.

Fecha: 30-Jun-2010

El Traslado Se Realizó De La Siguiente Manera

a) Los autobuses fueron estacionados frente al mercado Belisario Domínguez aproximadamente a las diecisiete horas del tres de mayo de dos mil seis.

b) Como a las diecisiete horas con cuarenta minutos empezaron a subir a los vehículos a las personas que fueron detenidas en el inmueble ubicado en la calle ********** número ********** de la colonia **********, y en el interior del mercado Belisario Domínguez, de **********, Estado de **********.

c) En el autobús 4038 de las Fuerzas de Apoyo y Reacción de Jilotepec, subieron a cincuenta y tres detenidos, los cuales fueron conducidos por el chofer de la unidad sin ningún elemento de la Agencia de Seguridad Estatal a bordo, a la Subprocuraduría de Texcoco, pero al llegar al lugar, el comandante ********** ordena no presentarlos por temor de que fueran a ser rescatados por los inconformes y entonces, una vez que se subieron al autobús diversos policías de la mencionada corporación, determina ir hacia la ciudad de Toluca, con el convoy de unidades que formó el comandante Bernal Ocampo para custodiar a los asegurados.

d) Al autobús 7054 de las Fuerzas de Apoyo y Reacción de Ecatepec subieron treinta detenidos, los cuales iban custodiados por diversos elementos de la Agencia de Seguridad Estatal que se colocaron a bordo de la unidad, la que avanzó hacia la ciudad de Toluca; sin embargo, en una gasolinera ubicada en el Municipio de Netzahualcóyotl detuvo su marcha para cargar diesel y esperar al convoy que ordenó formar el comandante ********** para escoltar a los detenidos, como una medida de seguridad.

e) Por instrucciones del comandante **********, subdirector regional "Pirámides", **********, líder del **********, fue subido a la patrulla Sedán Ford Police Interceptor 10204, quien inicialmente fue llevado a la Subprocuraduría de Texcoco, pero fue cambiado a la diversa unidad 8206 y avanzaron a la ciudad de Toluca; en el camino se unió al convoy que se había formado como medida de seguridad y además a la altura de una caseta se le ponchó la llanta, por lo que nuevamente fue cambiado el detenido a la diversa patrulla 8092.

f) Los vehículos de referencia llegaron al Centro de Readaptación Social Santiaguito aproximadamente a las veintidós horas del propio tres de mayo de dos mil seis.