DECLARACIONES DEL COIMPUTADO EN UNA AVERIGUACIÓN PREVIA. NO PUEDEN FORMAR PARTE DEL ACERVO PROBATORIO DE UN JUICIO QUE VERSA SOBRE HECHOS RELACIONADOS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DECLARACIONES DEL COIMPUTADO EN UNA AVERIGUACIÓN PREVIA. NO PUEDEN FORMAR PARTE DEL ACERVO PROBATORIO DE UN JUICIO QUE VERSA SOBRE HECHOS RELACIONADOS.

Fecha: 30-Jun-2010

La Liberación De Los Policías Retenidos Por Civiles

En el plan operativo del dispositivo policial, se estableció, entre otros, como objetivo la liberación de los servidores públicos retenidos por los inconformes.

El licenciado **********, comisionado de la Agencia de Seguridad Estatal, informó que el propio cuatro de mayo de dos mil seis fueron liberados los policías que estaban retenidos desde el día anterior.

Sin embargo, la información recabada en la indagatoria permitió matizar que dicha liberación no fue materialmente ejecutada por los elementos policíacos que intervinieron en el operativo, aunque las circunstancias de modo y tiempo de su liberación permitían advertir que la realización de los operativos policíacos influyó o propició condiciones para que los retenidos recuperaran su libertad.

En relación con la liberación de los elementos policiales, en autos se obtuvo que ellos mismos declararon haber sido liberados así:

Los policías municipales de Ecatepec de Morelos, **********, ********** y **********, así como los elementos de la Agencia de Seguridad Estatal ********** y **********, y **********, este último policía ministerial de Otumba, fueron trasladados al balneario "Los Ahuehuetes" y, después, aproximadamente a las once horas del cuatro de mayo de dos mil seis, las personas que los retuvieron los llevaron a un canal de aguas negras y los liberaron.(24)

Los policías de la Agencia de Seguridad Estatal, **********, ********** y **********, así como la policía Municipal de Ecatepec de Morelos, **********, fueron trasladados a un auditorio y, posteriormente, a un terreno baldío, donde los amarraron de pies y manos; luego, los regresaron al auditorio y hasta aproximadamente a las cinco horas del cuatro de mayo de dos mil seis los sacaron nuevamente y los llevaron a un baldío, en donde los hincaron y amenazaron con matarlos, pero lograron soltarse de los amarres y escapar del lugar, encontrando por el camino un bicitaxi que los sacó a la carretera, donde varios elementos de la policía estatal los auxiliaron.(25)

El Policía Ministerial de Otumba (**********) y el policía municipal de Ecatepec de Morelos (**********), fueron trasladados a una tienda que se encuentra frente a la explanada principal de San Salvador Atenco, donde eran custodiados durante los enfrentamientos del día cuatro de mayo pero como se dieron cuenta que ya había policías afuera de la tienda, en un descuido de la persona que los cuidaba, el primero de ellos corrió los cerrojos de la puerta y ambos salieron corriendo de dicho lugar.(26)