DECLARACIONES DEL COIMPUTADO EN UNA AVERIGUACIÓN PREVIA. NO PUEDEN FORMAR PARTE DEL ACERVO PROBATORIO DE UN JUICIO QUE VERSA SOBRE HECHOS RELACIONADOS.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

DECLARACIONES DEL COIMPUTADO EN UNA AVERIGUACIÓN PREVIA. NO PUEDEN FORMAR PARTE DEL ACERVO PROBATORIO DE UN JUICIO QUE VERSA SOBRE HECHOS RELACIONADOS.

Fecha: 30-Jun-2010

Ibídem P

167. Hechos probados en la resolución de la solicitud del ejercicio de la facultad de investigación 3/2006:

a) El dos de mayo de dos mil seis el Ayuntamiento de Texcoco, después de haber determinado junto con líderes locales la reubicación de los vendedores semifijos de flores del mercado Belisario Domínguez, sostuvo pláticas con los vendedores inconformes, quienes eran apoyados por el grupo "**********" (**********) y su líder **********. Sin embargo, estas pláticas no llevaron a ningún acuerdo.

b) El tres de mayo alrededor de las cinco de la mañana, a pesar de la prohibición de las autoridades municipales de instalarse en la calle Fray Pedro de Gante, que era resguardada por elementos de la policía desde el mes anterior, los comerciantes inconformes se presentaron con machetes y palos acompañados de ********** y miembros del "**********". Al ver que la policía no se retiraba, a las siete de la mañana el citado líder ordenó a las mujeres que empezaran a colocar sus puestos en la calle mencionada. Esta situación provocó el inicio de los enfrentamientos.

168. Uno de ellos fue enviado por parte de la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales Sede México (Flascso); y el otro, por parte del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez A.C.