DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 105. (INFRAESTRUCTURA)

I.  La infraestructura, mobiliario, equipamiento, laboratorios y centros de experimentación para producción sostenible en los centros educativos, deberá ser garantizada oportunamente por el Gobierno  Autónomo Indígena Originario Campesino, en coordinación directa con instituciones públicas, privadas, departamentales y nacionales de acuerdo a sus competencias.

II. El Gobierno Autónomo Indígena Originario Campesino de Mojocoya garantizará en todos los niveles de las unidades educativas su mantenimiento y dotación de los servicios básicos, archivos y bibliotecas e insumos necesarios para su funcionamiento con tuición del Consejo Educativo Social Comunitario.