DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 67. (DESARROLLO AGROPECUARIO)

Es deber de la Autonomía Indígena Originario Campesina, fomentar y fortalecer el desarrollo integral agropecuario sostenible, a través de planes, programas y proyectos, en equilibrio y armonía con la naturaleza, para generar valor agregado en los productos agrícolas y pecuarios y su comercialización en los mercados nacionales e internacionales, en el marco del aprovechamiento sustentable y sostenible con el fin de alcanzar el vivir bien (sumaj kawsay).