DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013

Fecha: 27-Jun-2013

El numeral 11 del art. 30

El numeral 11 del art. 30 establece como una de las atribuciones de la Asamblea el “Aprobar leyes en materia presupuestaria y de endeudamiento público”; dentro de este punto es preciso el señalar que el art. 298.II.23 de la CPE, señala como competencia exclusiva del nivel central del Estado a la política fiscal, mientras que el art. 322 de la misma Norma Suprema establece que la Asamblea Legislativa Plurinacional autoriza la contratación de la deuda pública, por lo anteriormente desarrollado, se tiene que la frase “y de endeudamiento público” del numeral 11 del art. 30 es incompatible con el texto de la Constitución Política del Estado, manteniéndose el resto del texto del precitado numeral porque no vulnera disposición constitucional alguna.