DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013

Fecha: 27-Jun-2013

se tiene que el nivel central del Estado no puede establecer plazos para el procedimiento de elaboración del Programa Operativo Anual (POA) al interior de la Entidad Territorial Autónoma (ETA)

De las normas constitucionales citadas, se tiene que el nivel central del Estado no puede establecer plazos para el procedimiento de elaboración del Programa Operativo Anual (POA) al interior de la Entidad Territorial Autónoma (ETA), pero si puede y debe establecer plazos en los que las entidades autonómicas deben presentar sus POAs consolidados al Órgano Ejecutivo del nivel central del Estado, en correspondencia al art. 321.III de la CPE, que señala: “El Órgano Ejecutivo presentará a la Asamblea Legislativa Plurinacional, al menos dos meses antes de la finalización de cada año fiscal, el proyecto de Ley del Presupuesto General para la siguiente gestión anual, que incluirá a todas las entidades del sector público” (las negrillas nos pertenecen), por lo que bajo este entendimiento se declara la compatibilidad del numeral 11 del art. 34.