DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 52. (COMPETENCIAS DEL GOBIERNO AUTÓNOMO)

I.  El Gobierno Autónomo Indígena Originario Campesino, además de sus competencias exclusivas, compartidas y concurrentes establecidas en los Artículos 299 y 304 de la Constitución Política del Estado, asumirá y ejercerá las establecidas para los municipios en los Artículos 302 y 303 parágrafo I de la Constitución Política del Estado y la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.