DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 80. (ENTIDAD AGROPECUARIA)

I.  Con el fin de impulsar, promover y fortalecer el desarrollo agropecuario la Autonomía Indígena Originario Campesina, creará una entidad matriz, que reconozca y proteja las organizaciones: comunitarias y económicas campesinas, asociaciones, cooperativas solidarias y de cooperación, sin fines de lucro.

II. Esta entidad matriz debe establecer y fomentar políticas de fortalecimiento  en favor de las unidades productivas, entendiéndose éstas como micro, pequeña, mediana, gran empresa, industria, organizaciones de pequeños productores urbanos y/o rurales, artesanos, económicas comunitarias-campesinas, asociaciones y otras.