DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Artículo 79. (SEGURO AGRÍCOLA, PREVENSIÓN Y GESTIÓN DE RIESGOS)

III. El Gobierno Autónomo Indígena Originario Campesino en concordancia de los Artículos 17,  24 y 25 de la Ley 144, promoverá y fomentará programas de gestión de riesgos, la práctica y aplicación de seguridad alimentaria bajo el principio de la soberanía alimentaria, practicando el acopio de productos en lugares estratégicos e incentivando a las comunidades, grupos y familias su aplicación, para afrontar los fenómenos catastróficos, climáticos y epidemias (efecto de cambio climático).