DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013

Fecha: 27-Jun-2013

sana, pura, limpia, vigor)

En sujeción al Artículo 13, numeral 3 de la Ley Nº 144, la Autonomía Indígena Originario Campesina, deberá impulsar la utilización de semillas nativas de calidad (sana, pura, limpia, vigor) procedentes de zonas semilleras de la jurisdicción Indígena Originaria Campesina; asimismo, de acuerdo al potencial productivo, establecerá sectores netamente dedicados y especializados en la producción de semillas certificadas por las entidades autorizadas.