DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0012/2013

Fecha: 27-Jun-2013

El numeral 12 del art. 30,

El numeral 12 del art. 30, sostiene que el legislativo podrá aprobar leyes en materia de desarrollo productivo y de mercado; dentro de este punto se debe dejar claro que la actividad legislativa de la AIOC de Mojocoya debe encuadrarse dentro de lo establecido por el art. 304.I.19 de la CPE; es decir, administrar su competencia exclusiva de fomento y su desarrollo vocación productiva, por lo que deberá realizarse esta actividad legislativa dentro del marco  que establece la Constitución Política del Estado, por lo que bajo este entendimiento este numeral es compatible con la Constitución.