DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 110. (Seguridad Ciudadana).

I.       El Gobierno Autónomo Municipal, velará y promoverá la implementación de un sistema de seguridad ciudadana, con la coordinación de la sociedad civil, los servicios policiales y militares, Ministerio Público y otras instancias del nivel local, departamental y nacional, por cuanto la seguridad ciudadana es responsabilidad compartida, esto con el objetivo de consolidar un municipio seguro, protegido y libre de violencia e inseguridad, precautelando la convivencia pacífica de su población y la defensa y respeto de los bienes, patrimonio e integridad de las personas, considerando para ello las características y cualidades del área urbana y rural en las políticas y acciones de la seguridad ciudadana.

II.      En el sector educativo se promoverá el funcionamiento de la Policía Escolar Municipal como parte de los servicios de seguridad ciudadana, con la participación activa de estudiantes, padres y madres de familia, directores y maestros de educación y con la coordinación y apoyo de las instancias policiales y militares del municipio.

III.     El Gobierno Autónomo Municipal, asignarán en el presupuesto municipal los recursos económicos necesarios para los servicios de seguridad ciudadana, como infraestructura, equipamiento, mantenimiento y la ejecución de planes, programas y proyectos de seguridad ciudadana, así como para la capacitación de la sociedad civil en materia de seguridad ciudadana.