DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 127. (Energía, Alumbrado Público y Gas domiciliario).

I.       El Gobierno Autónomo Municipal promoverá la construcción y acceso a las redes de energía eléctrica en todas las áreas urbanas y rurales, en coordinación con el nivel central del Estado y del Departamento. Así como del servicio de alumbrado público en calles, avenidas, parques, campos deportivos y otros. Asimismo, gestionará la generación de energías alternativas mediante generadores hídricos, solares, eólicos y otros, para los sectores donde no pueden acceder a la red de energía eléctrica.