DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Numeral "20.

Al respecto, el art. 269.I y III de la CPE, señala que; Bolivia se organiza territorialmente en departamentos, provincias, municipios y territorios indígena originario campesinos y "La creación, modificación y delimitación de las unidades territoriales se hará por voluntad democrática de sus habitantes, de acuerdo a las condiciones establecidas en la Constitución y la ley.

Conforme señala la disposición constitucional descrita, la frase "Comunidades rurales u otras unidades territoriales municipales" vulnera la previsión constitucional, por lo que la frase "Comunidades rurales u otras unidades territoriales municipales" establecida en el numeral 20 del artículo 28 es incompatible con el texto constitucional.