DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 38. (Concejalas y Concejales Suplentes).

I.       Las Concejalas y los Concejales suplentes asumirán la titularidad del cargo, cuando sus titulares dejen de ejercer el cargo por ausencia temporal o definitiva, por fallo judicial ejecutoriado, renuncia o impedimento temporal o definitivo, para ello deberán haber cumplido con todas las formalidades de posesión conforme a la presente Carta Orgánica.