DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0088/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Artículo 47. (Descentralización Municipal).

I.       El Gobierno Autónomo Municipal, podrá descentralizar los servicios municipales, con el objeto de generar sostenibilidad, oportunidad, eficiencia, eficacia y mejora en la calidad de la prestación de servicios básicos y públicos, así como en su administración, para ello la descentralización podrá ser mediante la creación de entidades o empresas municipales públicas, aprobadas mediante Ley Municipal.

II.      Las entidades o empresas municipales descentralizadas tendrán una organización, estructura y administración propia, a la cual el Gobierno Autónomo Municipal mediante norma municipal, delegará funciones y responsabilidades ejecutivas, operativas y administrativas necesarias para su funcionamiento. Estarán sujetos conforme a ley, a los procesos de fiscalización y supervisión por los Órganos del Gobierno Autónomo Municipal.