DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015

Fecha: 30-Jun-2015

art. 143

El art. 143 se declaró incompatible al definir de la siguiente manera sobre recaudación y administración de los tributos municipales: “… y considerando la normativa desarrollada con las organizaciones locales legalmente establecidas, mediante reglamentación que deberá ser aprobada por el legislativo municipal”. La frase citada es contrario al art. 410.II.3 que determina a la Ley como único instrumento con alcance general y abstracto de aplicación en la jurisdicción municipal. Entonces, la aplicación de impuestos debe ser mediante este instrumento y no por reglamento como señala la norma observada.