DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015

Fecha: 30-Jun-2015

“Artículo 105° (Proceso de asunción de competencias)

“Artículo 105° (Proceso de asunción de competencias) La transferencia total o parcial de una competencia implica transferir su responsabilidad a la entidad territorial autónoma que la recibe de la entidad emisora, debiendo asumir las funciones sobre las materias competenciales transferidas. La transferencia se hará efectiva cuando el Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz y El Gobierno Autónomo Municipal de Cuevo ratifiquen por ley de sus respectivos órganos deliberativos."