DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015

Fecha: 30-Jun-2015

“Artículo 84° (De las Servidoras y Servidores Públicos

“Artículo 84° (De las Servidoras y Servidores Públicos) Son servidoras y servidores públicos todas las personas que desempeñan funciones públicas en la administración pública municipal y empleados de instituciones privadas que manejan fondos públicos. Una Ley Municipal Especial establecerá la Carrera Administrativa conforme a lo dispuesto por la Constitución Política del Estado, las leyes del Estado Plurinacional y la presente Carta Orgánica”.