DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015

Fecha: 30-Jun-2015

Solidaridad.

Por mandato constitucional del art. 297.I.3, la materia seguridad ciudadana es una competencia concurrente por tanto, su legislación es de nivel central y si bien éste Tribunal no procede a un análisis de legalidad sino de constitucionalidad, por la materia estudiada debemos referirnos de forma orientadora a la normativa que rige sobre la materia. El art. 98.I de la LMAD:Al ser el Estado el garante de los derechos fundamentales y al ser la seguridad ciudadana un fin y función esencial contemplada en la Constitución Política del Estado, esta competencia deberá ser regulada por una ley especial”. Al respecto, está vigente la Ley 264 de 31 de julio de 2012, que en el art. 4.2 tiene como uno de sus principios: Solidaridad. El nivel nacional y las entidades territoriales autónomas en el ejercicio de sus competencias, cooperarán y coordinarán entre sí, para garantizar la seguridad ciudadana”; disponiendo en el art. 38.I.3: “Las entidades territoriales autónomas municipales e indígena originario campesinas, asignarán recursos de acuerdo a su población registrada en el último Censo Nacional de Población y Vivienda, conforme a lo siguiente: a. Con cantidad poblacional menor o igual a 50.000 habitantes, como mínimo un cinco por ciento (5%) de los recursos provenientes de la coparticipación y nivelación del Impuesto Directo a los Hidrocarburos, previa deducción del treinta por ciento (30%) destinado a la Renta Dignidad”.

Se concluye entonces, que la Seguridad Ciudadana no es un servicio prestado por el Gobierno Autonomía Municipal, sino un fin y función del Estado en su conjunto para lo cual, se ha emitido legislación de nivel central que prevé las acciones a realizar y la forma de financiar su implementación, correspondiendo entonces al nivel municipal su reglamentación y ejecución, resultando incompatible y vulneratorio de derechos fundamentales, el grabar o imponerle un cobro al ciudadano.