DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0125/2015

Fecha: 30-Jun-2015

(FUNDAMENTO).

Por lo preceptuado, en la DCP 0003/2015, se observó que la ley de nivel central del Estado por mandato del art. 298.II.1, debe regular este aspecto, siendo la norma idónea que define las minorías y la norma básica procede a su aplicación. Así lo ha preceptuado el art. 42 de la LRE, que señala: “(FUNDAMENTO). El ejercicio de la Democracia Representativa se fundamenta en los principios de soberanía popular, sufragio universal, igualdad, equivalencia, representación política, pluralismo político y toma de decisiones de la mayoría, respetando a las minorías”; concordante con el art. 50.IV del mismo cuerpo que dice: “c) En cada municipio se asignarán escaños de elección directa de las naciones y pueblos indígena originario campesinos que sean minoría poblacional en el municipio, de acuerdo a su Carta Orgánica Municipal”.